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Abogados especialistas en Reclamacion Hipotecas en Palencia

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    Cómo reclamar a tu banco paso a paso

    Aplicar la última jurisprudencia europea para recuperar los gastos hipotecarios y cláusulas abusivas que pagaste de más. Un proceso sin riesgo: se recomienda contar con abogados bancarios para interponer la reclamación.

    01
    Paso 01

    Estudio gratuito de tu escritura

    Con la escritura de la hipoteca y las facturas (notaría, registro, tasación, gestoría), un abogado economista podrá detectar gratuitamente todas las cláusulas abusivas y calcular la cuantía a recuperar.

    02
    Paso 02

    Reclamación extrajudicial

    Se debe interponer una queja formal ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria, exigiendo la anulación de la cláusula y la devolución de los importes cobrados indebidamente más intereses.

    03
    Paso 03

    Demanda y recuperación en Juzgado

    Si el banco se niega o da largas (lo habitual), se interpone una demanda en el juzgado especializado. La jurisprudencia es clara: se recupera el dinero y, generalmente, el banco paga las costas del juicio.

    Cláusulas Abusivas

    Qué gastos y productos se pueden reclamar

    Los bancos impusieron durante años condiciones nulas por abusivas. El Tribunal Supremo y Europa dan la razón a los consumidores para recuperar su dinero, incluso si la hipoteca ya está pagada.

    Jurisprudencia Favorable. La recuperación media oscila entre 1.500€ y 4.000€ por afectado.
    01

    Gastos de Hipoteca

    Es posible reclamar la restitución del 50% de la Notaría y el 100% de los gastos de Gestoría, Registro de la Propiedad y Tasación de la vivienda, más intereses de demora.

    02

    Tarjetas Revolving

    Si se paga una tarjeta de crédito en cómodos plazos pero la deuda no baja, se sufren intereses de usura. Un abogado puede anular el contrato para conseguir la devolución de todo lo pagado de más.

    03

    Cláusula Suelo e IRPH

    Se puede eliminar el tope que impedía beneficiarse de las bajadas del Euríbor (Suelo) o el índice abusivo IRPH, recalculando el cuadro de amortización y recuperando lo cobrado indebidamente.

    04

    Comisión de Apertura

    Es considerada nula en muchísimos casos si el banco no demuestra que responde a servicios efectivamente prestados o gastos reales, siendo reclamable en su totalidad.

    Mejor te lo cuenta ellos

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    Preguntas Frecuentes sobre Reclamaciones Bancarias

    Luchar contra una entidad bancaria parece imposible, pero la jurisprudencia actual te respalda. Aclaramos los mitos sobre la prescripción de gastos hipotecarios y las cláusulas suelo.

    Mi hipoteca ya está cancelada o vendí la casa, ¿puedo reclamar?
    Sí, totalmente. El hecho de haber amortizado, cancelado o subrogado la hipoteca, o de haber vendido el inmueble, no te impide reclamar la nulidad de las cláusulas abusivas y recuperar el dinero pagado en el momento de la constitución.
    ¿Ha caducado el plazo para reclamar los gastos hipotecarios?
    Las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinan que el plazo de prescripción no comienza hasta que el consumidor es plenamente consciente de que la cláusula es abusiva y de sus derechos a reclamar. Por lo tanto, en la inmensa mayoría de los casos, estás a tiempo de reclamar independientemente del año de tu hipoteca.
    ¿Qué documentos necesito para iniciar la reclamación?
    Necesitas una copia de la Escritura de Préstamo Hipotecario (no la de compraventa) y las facturas que pagaste al formalizarla: factura de la Notaría, factura del Registro de la Propiedad, honorarios de la Gestoría e informe de Tasación. Si te falta alguna, podemos ayudarte a solicitarla.
    ¿Cuánto me cuesta reclamar al banco con vosotros?
    Trabajamos bajo la modalidad de cuota a éxito o adelantando nosotros los costes (dependiendo del tipo de asunto). En gastos hipotecarios, como los bancos suelen ser condenados en costas procesales, en la inmensa mayoría de sentencias favorables a ti te sale completamente gratis.
    ¿El banco puede tomar represalias si les demando?
    No. Es ilegal que la entidad modifique las condiciones de tus cuentas o bloquee tus operativas por ejercer tu legítimo derecho a reclamar. Miles de clientes demandan a sus bancos cada año manteniendo sus cuentas y nóminas sin sufrir ninguna consecuencia.
    Dudas Resueltas

    Preguntas Frecuentes sobre Herencias y Testamentos

    Resolver una herencia implica plazos fiscales estrictos y normativas complejas. Aclaramos los conceptos de legítima, impuestos y qué sucede frente a bloqueos familiares.

    ¿Qué plazo hay para pagar el Impuesto de Sucesiones?
    Tienes un plazo estricto de 6 meses contados desde la fecha de fallecimiento para presentar y liquidar el Impuesto de Sucesiones y la Plusvalía Municipal. Dentro de los primeros 5 meses se puede solicitar una prórroga por otros 6 meses adicionales.
    ¿Qué pasa si un heredero se niega a firmar o bloquea el reparto?
    La ley ofrece herramientas. Si un heredero no quiere aceptar ni repudiar la herencia, podemos realizar una Interpelación Notarial (art. 1005 CC) dándole 30 días para contestar. Si se niega a repartir, podemos instar el nombramiento de un contador-partidor o acudir al juzgado para forzar la división judicial.
    ¿Qué es la Legítima en una herencia?
    La legítima es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer libremente por haberla reservado la ley a determinados herederos forzosos (hijos y descendientes, padres y ascendientes, y cónyuge viudo). En el derecho común, para los hijos equivale a dos tercios de la herencia (legítima estricta y mejora).
    Si el fallecido tenía muchas deudas, ¿tengo que pagarlas yo?
    Depende de cómo aceptes la herencia. Si la aceptas pura y simplemente, asumes las deudas con tu propio patrimonio. Para evitarlo, siempre recomendamos tramitar la aceptación a beneficio de inventario: las deudas se pagan únicamente con los bienes que dejó el fallecido, blindando tus finanzas personales.
    ¿Se puede desheredar a un hijo?
    Sí, pero solo de forma expresa en el testamento y basándose en alguna de las causas graves tasadas por ley (maltrato de obra, injurias graves, haber negado alimentos). Si el hijo impugna, los demás herederos deberán probar que la causa alegada por el testador era cierta.
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